JORNADAS FORMATIVAS

Crece profesionalmente

NOS ENCONTRAMOS ANTE MÁS DE 2.6 MILLONES DE PERSONAS EXCLUIDAS POR EL SEGURO EN ESPAÑA

La jornada sobre el TRATAMIENTO DE LA DISCRIMINACIÓN EN LOS SEGUROS DE PERSONAS organizada por el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Alicante, ASUFIN y Pulso Legal ha congregado a un centenar personas y ha dejado interesantes reflexiones para el sector asegurador, compañías, agentes, corredores y consumidores. La jornada fue inaugurada por D. José Vicente Soler Gironés, Director General de Economía Sostenible de la Generalitat Valenciana quien ha recordado la importancia de contar con elementos de resolución de conflictos a la hora de reclamar ante los seguros. En este sentido, cabe citar como referencia el INMESE, (Instituto de la Mediación del Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Alicante).

La legislación es rotunda: tanto la Declaración de Derechos Humanos, como el artículo 14º de la Constitución, las disposiciones adicionales 4ª y 5ª de la Ley de Contrato de Seguro y otras disposiciones nacionales y Directivas CE abundan en la abusividad de la Discriminación por Discapacidad y Enfermedad. Así lo ha expuesto con amplitud de argumentos y referencias legales el abogado Gonzalo Iturmendi: no puede haber discriminación a la hora de contratar seguros por motivos de discapacidad, enfermedad o genéticos.

Por su parte Arcadio García Montoro, también abogado, ha recalado en el riesgo que el incumplimiento de la Ley y la vulneración de Derechos Fundamentales puede tener para los Consejos de Administración de acuerdo con las obligaciones previstas en la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, la existencia de buzones de denuncias, así como las Auditorías que deben incorporar la información no financiera o las acciones de socios minoristas son otros campos de riesgo para las sociedades de seguros que discriminan.

El actuario de Seguros Emilio Fiances ha apuntado que la base del cálculo de riesgos y primas está en la “discriminación” técnica, una discriminación que nos dice que no es lo mismo a la hora de contratar un seguro de autos calcular la prima para un joven de 20 años o para un conductor de 40 años sin historial de accidentes. No obstante, en la raíz del seguro está la mutualización de riesgos y si la Ley obliga a no discriminar es algo que el actuario debe respetar en todo caso, pero su labor está condicionada por los departamentos jurídicos que son quienes pueden limitar esa “discriminación” técnica aludida.

Patricia Suárez, presidenta de ASUFIN, ha informado que existe interés desde organizaciones europeas de enfermos de Cáncer acerca del nivel de cumplimiento legal en España por parte del Seguro. Tienen conocimiento de prácticas discriminatorias y, desde las organizaciones de consumidores el compromiso es combatir el abuso y, en especial, cuando conduzca a una exclusión de personas vulnerables.

Sin embargo, la realidad del mercado choca con esta prohibición legal. Tal y como ha alertado el presidente del colegio profesional de mediadores de seguros de Alicante, Florentino Pastor, casi 2.6 millones de personas son discriminadas, excluidas del seguro de vida, médico, de accidentes, de dependencia o decesos por estos motivos ya que los propios cuestionarios a la hora de acceder a una póliza desacatan la Ley. En este punto Pastor ha incidido en las contradicciones existentes y en la dificultad que encuentra el profesional para dar una respuesta eficaz a esta situación.

El papel de los agentes y corredores profesionales es una certeza que no se puede obviar: estos tienen la obligación legal de informar con transparencia y veracidad y, llegado el caso, reclamar el cumplimiento de la ley defendiendo al consumidor. Se ha reclamado sensibilidad y cumplimiento de la Ley a las compañías, además de que se trata de una oportunidad de mercado que el sector debería explorar.

Quizá sea el momento de impulsar ciertos cambios en el sector asegurador, garantizando el derecho de acceso previsto en la Ley a todo perfil de clientes y tal y como ha destacado el ponente Carlos Lluch, el corredor profesional se debe al consumidor, no está al servicio de las compañías y su obligación es ayudar siempre al consumidor para que no se produzcan situaciones abusivas. Se ha reclamado evaluar con otro enfoque, mutual, los riesgos, evitando la discriminación para poder volver a hacer el seguro accesible y cubrir su importante labor social. Recordó Lluch que la Legislación vigente prohíbe tanto negar la cobertura como hacerlo en condiciones o precio distinto al de un usuario estándar.

Todos los asistentes han podido comprobar que han sido muchas opiniones argumentadas, con aportaciones interesantes y enfocadas en el consumidor.

El presidente del Colegio de Alicante ha anunciado la próxima edición de una guía que recopilará la legislación y casuística en materia de discriminación por discapacidad o enfermedad al objeto de que oriente al mediador y transmita una información transparente y veraz a los consumidores.

X